En los últimos años ha sido una práctica generalizada por parte de las entidades bancarias el fijar un límite a la bajada de los tipos de interés. De modo que, lo en teoría era un préstamo a tipo variable, en la práctica lo era a tipo fijo. Sólo variaba a efectos de subida de los tipos de interés. Pero desde las diversas instancias judiciales, tanto españolas como europeas, se ha puesto límite a esta mala práctica bancaria, condenando a los bancos a devolver el exceso cobrado, con intereses.
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